Antes de comprar una vivienda en Alicante es importante tener en cuenta que la realización de cualquier contrato de compraventa implica la obligación de pagar impuestos tanto para el que compra como para el que busca vender una vivienda. Conviene calcular su cuantía de manera anticipada para calcular como nos afecta de cara a la compraventa.
Por lo general el precio que quede fijado en el contrato o escritura de compraventa va a constituir la base para el cálculo de la cuota del impuesto a pagar. Estos serán distintos dependiendo de la propiedad inmobiliaria, según se trate de la compra de primera vivienda, un nuevo inmueble procedente directamente del promotor o de la compra de una casa de segunda mano. Hemos de advertir que no pretendemos con esto hacer un repaso exhaustivo de la tributación por adquisición de una propiedad inmobiliaria, sino que veremos con carácter general los tipos de impuestos que se aplican y será necesario contactar con profesionales del sector inmobiliario o fiscal para conocer y recomendarle en su caso concreto. Veamos en este caso los impuestos que afectan a la parte compradora de una propiedad inmobiliaria.
Impuestos al comprar una vivienda nueva.
En la compra de viviendas nuevas en Alicante, la compraventa quedaría sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Dicho impuesto se abonará directamente a la parte vendedora, a quien se entregará junto al precio que corresponde al valor del inmueble. El IVA que soportará el comprador será el resultado de multiplicar el precio de la vivienda o inmueble por el tipo impositivo en el momento de la compra. Tras realizar el pago al vendedor, será este el responsable de ingresar el impuesto en la Hacienda Pública.
Los tipos impositivos para la compra de viviendas nuevas son los siguientes:
- El 10% con carácter general
- El 4% en viviendas de protección oficial o de promoción pública.
Pero no es este el único impuesto al que tendrán que hacer frente los compradores de viviendas nuevas. Junto al IVA, deberán de pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que en la mayoría de casos y en la Comunidad Valenciana es del 0,1% para la compra de vivienda habitual y otros supuestos, o del 1,5% con carácter general (por ejemplo en la adquisición de una segunda vivienda).
Impuestos al Comprar una vivienda de Segunda Mano.
En los casos en los que adquirimos una vivienda de segunda mano o usada y es vendida directamente por el propietario o en su representación por una inmobiliaria en Alicante, el impuesto al que debemos hacer frente será el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, a abonar directamente en la Comunidad donde se encuentre el inmueble comprado.
En la Comunidad Valenciana los tipos actuales de gravamen del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados quedaron fijados mediante el Decreto Ley 4/2013. En cuanto a la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas se fijaron de la siguiente manera:
- El 10% en la adquisición de inmuebles y los derechos reales que se constituyan sobre los mismos, excepto en los supuestos siguientes.
- El 8% en otros supuestos, los principales serían la adquisición de viviendas de protección oficial o la adquisición de viviendas que vayan a constituir la primera vivienda habitual de menores de 35 años con rentas inferiores a 25.000 euros de manera individual o 40.000 euros de manera conjunta.
Asimismo se devengará el AJD de manera similar a como hemos visto en el apartado anterior, con un tipo del 0,1% en la adquisición de vivienda habitual u otros supuestos o con carácter general del 1,5%.
En cualquiera de los dos casos, la escritura del préstamo hipotecario que nos permita adquirir la vivienda también queda sujeta al pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, con un tipo del 1,5% con carácter general o un tipo de 0,1% en casos en los que el inmueble vaya a ser la vivienda habitual de una familia numerosa o de un discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
La base para el cálculo del mismo será el importe total de responsabilidad hipotecaria, esto es, de la cantidad que se le ha prestado sino de la que garantiza la devolución del principal junto con los intereses del préstamo y las costas de ejecución.
¿Cómo gestiono el pago de impuestos al comprar una vivienda?
El proceso para la gestión del pago de estos impuestos seguiría los pasos de obtener los impresos necesarios, calcular su cuota, realizar el ingreso en la entidad correspondiente y presentar el impreso con el pago realizado en Hacienda.
Todos estos pasos podrán ser realizados por el propio comprador si bien no es lo habitual. En la práctica será la propia notaría en la que realicemos la escritura de compraventa de la propiedad inmobiliaria, elección de la misma que queda en manos de los compradores de la vivienda, o bien por una gestoría de confianza.
Para concluir, cabe destacar que el pago de estos impuestos supone un mayor coste de adquisición para la parte compradora, que deberán sumarse al precio de venta inicial de la propiedad inmobiliaria. Por ello, y ya que se debe realizar el pago tras la compra del inmueble, será necesaria la ayuda de una buena inmobiliaria en Alicante que cuente con un equipo jurídico y fiscal que le asesore durante el proceso y le garantice la buena realización de cada una de sus obligaciones tributarias al comprar su casa. Si desea asesoramiento en esta materia, nuestro equipo jurídico y fiscal podrá resolver todas sus dudas de manera satisfactoria.
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